Validaciones de patentes europeas

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El Convenio de 5 de Octubre de 1973 sobre concesiones de patentes europeas establece que tras la concesión de una patente tramitada en la oficina europea de patentes esta debe ser validada en cada uno de los países miembros de interés para el titular antes de los 3 meses desde la mención de concesión.

En consecuencia, la tramitación de una patente europea tiene como final el traslado de su concesión a las correspondientes oficinas nacionales, donde serán consideradas como una patente concedida y tramitada en dicha oficina.

Una concesión de patente europea puede validarse en los siguientes países:

Albania

Croacia

Grecia

Lituania

Portugal

Alemania

Dinamarca

Holanda

Luxemburgo

Reino Unido

Austria

Eslovaquia

Hungría

Macedonia

Rumania

Bélgica

Eslovenia

Irlanda

Malta

San Marino

Bosnia

España

Islandia

Mónaco

Serbia

Bulgaria

Estonia

Italia

Montenegro

Suecia

Checa, Rep.

Finlandia

Letonia

Noruega

Suiza

Chipre

Francia

Liechtenstein

Polonia

Turquía

(* a partir del 1 de marzo de 2015 toda solicitud de patente europea podrá ser objeto de validación también en Marruecos)

Debe tenerse en cuenta que las concesiones de patentes europeas están sujetas a un periodo de 9 meses de posibles oposiciones a contar desde la publicación de concesión y que las resoluciones de estas oposiciones se trasladaran a cada oficina nacional.

Además como cada una de estas oficinas nacionales solo acepta tramitaciones en el idioma oficial del país de que se trate, para la validación deben realizarse traducciones técnicas a los idiomas correspondientes.

Cuando el solicitante no resida en un Estado Miembro de la Comunidad Europea, será necesario que la traducción de la patente sea realizada y representada por un Agente de la Propiedad Industrial acreditado ante la oficina nacional correspondiente.

Estas traducciones suponen un gasto extraordinario. Para reducir estos importes se firmó el acuerdo de Londres relativo a las nuevas condiciones de validación de las Patentes Europeas (mayo de 2008) que establece fundamentalmente 2 puntos:

Acuerdo de Londres. Condiciones de validación de Patentes Europeas:

  1. Los países cuyo idioma oficial es también uno de los tres idiomas oficiales de la Oficina Europea de Patentes (francés alemán o inglés) renuncian completamente al requisito de la traducción: Alemania, Francia, Mónaco, Suiza/Liechtenstein, Luxemburgo y Gran Bretaña.
  2. Requerirían de solamente la traducción de las reivindicaciones si existe una versión inglesa de la patente: Albania, Croacia, Dinamarca, Finlandia, Hungría, Islandia, Noruega, Suecia y Holanda e independientemente de la versión existente: Macedonia, Letonia, Lituania y Eslovenia.

En base a estos puntos si consideramos por ejemplo el caso de España, para validar una patente en España el titular deberá traducir la concesión completa al español. Además en caso de no residir en España necesitara la representación de una agencia oficial como Protectia.

¿Necesitas validar una concesión de patente europea para algún país de Europa?

 

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