Los registros de marcas comunitarias tienen una duración de 10 años, renovables por iguales periodos indefinidamente. Si se tiene interés en conservar dicho activo es por tanto imprescindible solicitar su renovación.
Al tratarse de expedientes concedidos y con antigüedad mínima de 10 años no es necesario realizar un estudio de viabilidad de marca previo a la solicitud de renovación.
Por tanto, al contrario que en la solicitud, una agencia de propiedad industrial como Protectia patentes y marcas no aporta un valor añadido a la gestión de renovación en lo que a su viabilidad se refiere, pero resulta una figura clave a la hora de comunicar con tiempo suficiente el vencimiento del expediente y ayudara en la toma de decisiones acertadas sobre cómo proceder con el registro.
Plazos de renovación de una marca comunitaria:
- La renovación de una marca comunitaria puede solicitarse 6 meses antes de la fecha aniversario de la solicitud y tendrá efectos a partir del día siguiente al de la fecha de expiración del registro.
- La OAMI, organismo que gestiona los registros de marcas comunitarias, establece un periodo extraordinario de hasta 6 meses para realizar la renovación de una marca pero con un recargo en la tasa oficial que asciende a un 25 % por lo que no es una opción recomendable. Este plazo de 6 meses extraordinarios empieza a contar a partir del día posterior al último día del mes en el que la marca hubiera debido renovarse.
En caso de que no se presente la solicitud de renovación, el registro de marca se cancela y es eliminado publicándose una nota en el Boletín de Marcas Comunitarias, por lo que será dado a conocer públicamente y podrá ser utilizada y registrada por cualquiera.
Renovación parcial de una marca comunitaria:
Existe la posibilidad de realizar una renovación de marca comunitaria parcial, es decir, eliminando algunas de las clases del Nomenclátor internacional de marcas.
Esta es una buena opción para los casos en que se solicitaron más de 3 clases de la clasificación y en la práctica se ha comprobado que no son necesarias pues supone un ahorro en la gestión de renovación.
Transformación de una marca comunitaria:
Existe también la posibilidad de conservar el derechos otorgado por un registro de marca comunitaria en tan solo algunos Estados miembros de la UE mediante una solicitud de transformación. Esta solicitud de transformación deberá presentarse en un plazo de tres meses desde la conclusión del periodo adicional de renovación anteriormente mencionado.
La trasformación es una alternativa más económica que la renovación y por tanto una buena opción para aquellos registros de marcas que comercialmente no han sido utilizados en más de un país o dos de la UE. En consecuencia la trasformación permite conservar el registro y su antigüedad de una forma más económica.
Renovación y modificación de la lista de productos y servicios de una marca comunitaria:
En la solicitud de renovación puede, además de suprimirse clases, modificar la lista de productos y servicios. Estas modificaciones serán objeto de examen y se aceptarán únicamente si tienen como fin limitar la naturaleza de los productos y servicios del registro.
Esta es la mejor alternativa si comercialmente se ha observado que los productos y/o servicios comercializados con la marca son concretos y no aparecían de forma específica en la solicitud.
Es muy recomendable contar con una agencia de propiedad industrial de confianza como Protectia que vigile y comunique las próximas renovaciones de los registros de marcas comunitarias y aconseje la mejor opción para las necesidades concretas de cada caso.
¿Necesitas renovar una marca comunitaria?