Entramos en 2014 con nuevas secciones en nuestro blog y la sana intención de dar a conocer las bondades de la Propiedad Industrial entre los empresarios y emprendedores.
Arrancamos esta sección de entrevistas con Esther Arias Pérez-Ilzarbe examinadora de patentes en el Departamento de Patentes e Información Tecnológica de la Oficina Española de Patentes y Marcas (O.E.P.M.) con quien conversamos sobre sus funciones y las próximas novedades legislativas propuestas.
Agradecemos su tiempo y también su dedicación en la labor de difusión.
- ¿Cuáles son tus funciones dentro de la oficina?
En la O.E.P.M., que en la actualidad tiene una plantilla de alrededor de 600 empleados, trabajo como examinadora de patentes dentro de la Unidad de Información Tecnológica. Las tareas de un examinador son muy variadas, e incluyen la tramitación de los expedientes de patentes, elaboración de Informes Tecnológicos de Patentes (ITPs), diseño y elaboración de Boletines de Vigilancia Tecnológica, asesoramiento a plataformas tecnológicas y la participación en seminarios y cursos de formación.
- Conocidas las funciones que la legislación vigente otorga a la O.E.P.M., ¿crees que éstas son suficientemente conocidas por las empresas y particulares interesados en esta materia?
La O.E.P.M. tiene dos grandes funciones, por un lado la actividad registral, es decir, la concesión de derechos de propiedad industrial que creo sí es conocida por las empresas y particulares.
Por el contrario, la función de la O.E.P.M. como divulgador de la información que ofrecen las distintas modalidades de propiedad industrial concedidas por la O.E.P.M. y por otras Oficinas extranjeras, es menos conocida. Todavía hay empresas y particulares que se sorprenden al conocer que todas las bases de datos de la O.E.P.M. son de acceso gratuito; que es posible consultar los expedientes públicos de todos las modalidades de propiedad industrial; que participamos en más de 200 seminarios y cursos anualmente; que ofrecemos una extensa colección de publicaciones de acceso libre en nuestra página de internet o que realizamos servicios a medida para los usuarios. En definitiva, somos una organización dinámica en la que quienes trabajamos en ella queremos acercarnos a todos, empresas y particulares, y tratamos de vencer el miedo hacia la administración.
- Como examinadora ¿Qué opinas sobre el papel de las agencias de propiedad industrial? Y ¿Qué opinión encuentras en general sobre ellas dentro de la oficina? Por otro lado ¿Qué imagen crees que refleja el colegio de agentes de la propiedad industrial?
El papel de las agencias de propiedad industrial me parece fundamental, pues constituyen el vínculo entre el administrado y la O.E.P.M., y ayudan a una mejor gestión de los derechos de propiedad industrial tanto para la propia administración, que ve como los expedientes tramitados con un intermediario tienen una mayor calidad, como para los solicitantes, para los que este ámbito puede ser complejo y abstracto. Creo que esta opinión la comparten el resto de mis compañeros, aunque como en todos los sectores no todos los intermediarios ofrecen la misma confianza ni tampoco la relación que se establece entre el agente y el solicitante es siempre igual. Lo que sí creo es que el agente debe ser alguien próximo, que establezca una relación muy estrecha con su cliente y sepa escucharle y acercarse a él, pues las necesidades de un particular no son las mismas que las de una gran corporación.
En cuanto al papel del colegio de agentes, debo decir que no conozco su funcionamiento y desde mi punto de vista quizás debe ofrecer una imagen más abierta y moderna, como órgano colegiado que debe y puede ayudar a mejorar la relación entre la O.E.P.M. y el colectivo de agentes de la propiedad industrial.
- ¿Cómo ves el anteproyecto de ley de patentes española? Y ¿Cómo crees que incidirá sobre los importes de las tasas de tramitación de patentes en España esta reforma de la ley?. Si esta nueva ley finalmente supone la supresión del procedimiento general de concesión de patentes. Piensas que ¿eso incidirá en el número de solicitudes?
La ley de patentes en vigor esta próxima a cumplir 30 años. Cuando surgió en el año 1986 vino a sustituir al Estatuto de Propiedad Industrial de 1929, por lo que su aprobación fue una verdadera revolución. Pero los años han pasado, la sociedad demanda cambios y nuestra oficina, que también ha madurado con el tiempo (ha pasado de tener una plantilla de 26 examinadores de patentes en 1986 a los más de 150 de la actualidad) es capaz de afrontar nuevo retos.
Por ello me parece que la O.E.P.M. necesitaba una nueva ley de patentes, y en este anteproyecto hay cambios de gran relevancia como: la elaboración del Informe del Estado de la Técnica (I.E.T.) dentro del año de prioridad; la posibilidad de patentar sustancias o composiciones ya conocidas para su uso como medicamento o para nuevas aplicaciones terapéuticas; instauración de un sistema de oposición tras la concesión; eliminación de las patentes de adición y otras muchas reformas, que no podemos detallar extensamente.
Pero entre todas las novedades que aporta el anteproyecto las que han provocado un mayor número de comentarios han sido la obligatoriedad del pago de la tasa de Informe del Estado de la Técnica (I.E.T.) con la solicitud y la introducción de un sistema con examen sustantivo de patentabilidad («examen de fondo») obligatorio para las patentes (no para los modelos de utilidad).
Sin duda alguna ambos cambios, si se mantienen finalmente en el texto de la ley, pueden provocar un descenso en el número de solicitudes de patentes. Pero en contrapartida, el sistema va a permitir obtener patentes más sólidas y va a filtrar aquellas invenciones que en la actualidad se solicitan como patentes y deberían reconducirse a otras vías de protección como los modelos de utilidad.
- Por último, ¿Qué opinión te merece la propuesta del seguro de patentes en España y su posible obligatoriedad?
La posibilidad de suscribir un seguro de patentes en España me parece interesante, aunque veo muy difícil su implantación y aun más que esta sea de carácter obligatorio.
Sólo se conocen experiencias de este tipo en Estados Unidos, Australia y Canadá y en algunos países del ámbito europeo (Alemania, Dinamarca, Reino Unido, Francia y Suecia), sobre los que puede obtenerse información en el informe Viabilidad del seguro de patentes en España (Elena F.Pérez Carrillo, Frank Cuypers) editado por la fundación Mapfre en el año 2013.
Las dificultades de un seguro de este tipo radican en delimitar su cobertura y la franquicia a pagar, de forma que cuanto mayor sea la primera también lo será la segunda. En España el volumen de patentes nacionales hace difícil pensar que las compañías aseguradoras tenga interés en el desarrollo de un producto de este tipo por lo que si en algún momento se llega a su implantación creo que vendrá de la mano del sistema europeo de patentes.