Registrar un diseño industrial es una de las formas más eficaces para proteger los productos de una empresa y hacer que esta sea más competitiva: de hecho, el diseño constituye un valor intangible de la empresa en cuestión, y como tal puede ser contabilizado como activo intangible, puede ser vendido o bien licenciado.
Para aclarar las dudas que puedan surgir con respecto a esta modalidad de registro de Propiedad Industrial, hoy proponemos y contestamos (en la línea de cómo ya hicimos recientemente con marcas y patentes) algunas de las preguntas más frecuentes relacionadas con el registro de un diseño industrial.
Las preguntas más frecuentes sobre registrar un diseño industrial
- Ante todo, ¿Qué se entiende con “diseño industrial”?
En lo que a legislación se refiere, los diseños industriales se refieren exclusivamente a la forma, a la estética, es decir: representan el aspecto exterior del producto, lo que hace al producto atractivo y deseable para los consumidores. El Código de la Propiedad Industrial define el diseño como el aspecto exterior del conjunto del producto o parte del mismo, que es, en particular, las características de las líneas, contornos, colores, forma, textura y / o materiales del producto en sí y / o de su ornamentación.
- ¿Qué ventajas puedo obtener al registrar un diseño industrial?
Un diseño industrial juega 3 papeles fundamentales:
- Hace más atractivos los productos de una empresa
- Valoriza el patrimonio empresarial
- Hace que la empresa sea más competitiva
Por esto, es muy importante proteger el aspecto estético de los productos de eventuales imitaciones: para evitar la copia no autorizada o imitación del diseño por parte de terceros la manera más eficaz es registrar el diseño industrial.
El registro del diseño confiere a su titular el derecho exclusivo de utilizarlo y de impedir que terceros lo utilicen sin su consentimiento, y que consiste en fabricar, ofrecer, vender, importar o exportar un producto en el que el diseño es incorporado o al que se aplica.
- ¿Qué es registrable cómo diseño industrial?
Los 2 requisitos principales que se deben cumplir para registrar un diseño industrial en España son:
- NOVEDAD: se considera que un diseño es nuevo si no se ha hecho público ningún otro diseño idéntico antes de la fecha de presentación de la solicitud de registro
- CARÁCTER SINGULAR: que supone que la impresión que produce en un usuario informado difiere de la impresión general que haya producido entre otros diseños anteriores.
Cabe destacar que NO son registrables como diseños industriales: los que son contrarios al orden público, símbolos o emblemas oficiales y los que responden sólo a una función técnica.
- ¿Cuáles son las fases de registro de un diseño industrial?
Es muy importante aclarar que la protección de los diseños industriales es territorial, con lo cual se limita a la región en que ha sido registrado el diseño.
Centrándonos en el caso de España, la tramitación pasa por las siguientes etapas:
- Presentación de la solicitud,
- Examen de forma (no se verifica novedad, carácter singular del diseño ni búsqueda de posibles anticipaciones basadas en derechos anteriores).
- Publicación de la concesión.
- Período de oposiciones de terceros de 2 meses.
- Superado el plazo de oposiciones se expide el título de concesión.
En el caso concreto de España (y en la mayoría de los países de la UE) un diseño industrial registrado es válido por 25 años renovables por periodo quinquenales.
- ¿Cómo puedo extender al exterior el registro de mi diseño?
Cómo en el caso de otras modalidades de registro, como es la patente por ejemplo, la solicitud de registro de diseño industrial puede extenderse al exterior; en este caso, sin embargo, el plazo de prioridad se reduce a 6 meses.
Como alternativa al procedimiento de extensión efectuada por separado en cada Estado, que otorga el título de acuerdo con su propia ley, el titular del derecho puede optar por recurrir a los procedimientos unificados establecidos por el diseño comunitario o diseño internacional.
¿Quieres registrar un diseño industrial?