Una de las principales ventajas de la marca comunitaria es que se permite la protección de una marca con un solo expediente en los 28 países de la Unión Europea. Sin embargo, varios países tienen territorios alejados de Europa, generalmente herencia de un periodo colonial pasado.
En consecuencia es importante tener en cuenta qué sucede en estas regiones de ultramar para valorar si estamos realmente protegidos allí donde vendemos u ofrecemos nuestros servicios.
Para arrojar luz sobre este asunto a continuación vamos a indicar aquellos países donde surgen particularidades con el alcance geográfico:
- Dinamarca: quedan excluidas Groenlandia y las Islas Feroe. Por lo que es necesario protegerse a través de una marca nacional de Dinamarca.
- España: si están incluidas las Islas Canarias, Ceuta y Melilla.
- Francia: incluidos los Departamentos de Ultramar: Martinica, Guadalupe, Reunión, Guayana. Sin embargo, no están incluidos los siguientes territorios: Nueva Caledonia, Wallis y Futuna, Polinesia francesa, Territorios australes y antárticos franceses, Mayotte. Allí será necesario contar con una marca nacional de Francia para estar protegidos.
- Portugal: si están incluidas las Azores y Madeira.
- Reino Unido: si está incluido Gibraltar. No están incluidas las Islas del Canal y la Isla de Man que requieren una protección a través de una marca nacional de Reino Unido.
Por esta razón es recomendable revisar periódicamente el estado de su cartera de marcas junto a un equipo profesional como el de Protectia para que le aconseje sobre su adecuada gestión territorial y así poder sacarle el máximo partido a estos valiosos activos.