En nuestra actividad profesional son muchas las ocasiones en que se nos plantea esta cuestión. Ambas modalidades ofrecen el monopolio de la tecnología que contemplan en diferente grado que queda diferenciado por 4 conceptos que provienen de su propia naturaleza.
Patente de Invención en España:
- Requiere novedad internacional.
- Tramitación larga (sobre 36 meses).
- Se emite un informe sobre el estado de la técnica.
- Ofrece protección hasta 20 años.
- Requiere novedad nacional.
- Tramitación corta (sobre 6 meses).
- Se somete a un periodo de oposiciones.
- Ofrece protección hasta 10 años.
Ampliamos a continuación cada uno de estos puntos.
Características patente de invención
Esta modalidad ampara las innovaciones tecnológicas caracterizadas por tres rasgos:
- Que sean Nuevas, es decir que no se hayan dado a conocer al público con anterioridad a la fecha de solicitud ni en España ni en el extranjero (novedad internacional).
- Que impliquen actividad inventiva, es decir, que la invención no resulte evidente para un experto en la materia que se base en conocimientos ya publicados con anterioridad.
- Que tengan aplicación industrial, es decir, que el objeto de la patente pueda ser fabricado o utilizado en cualquier clase de industria.
Además en su tramitación se elabora el denominado Informe sobre el Estado de la Técnica (IET). A través de este informe la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) define el grado de novedad y actividad inventiva del objeto de una patente de invención. Tras la publicación del IET puede decidirse la vía de trámite, si la patente se somete a un examen de novedad o es directamente concedida por el procedimiento general de concesión.
Su concesión otorga protección para España durante un período de 20 años estando sujeta al pago de una tasa anual para su mantenimiento en vigor.
Características modelos de utilidad
En España protegen las invenciones que cumplen con:
- Ser nuevas en España, es decir, que antes de la fecha de solicitud no ha sido divulgado por una descripción escrita u oral, por una utilización o por cualquier otro medio.
- Implicar actividad inventiva nacional, es decir, que no resulte muy evidente para un experto en la materia que disponga de conocimientos divulgados en España con anterioridad.
- Que tengan aplicación industrial, es decir, que el objeto de la invención pueda ser fabricado o utilizado en la industria.
En particular pueden protegerse como modelos de utilidad los utensilios, instrumentos, herramientas, aparatos, dispositivos o partes de los mismos con una configuración, estructura o constitución de la que resulte alguna ventaja prácticamente apreciable para su uso o fabricación.
Tras la publicación de la solicitud de un modelo de utilidad se abre un periodo de oposiciones por parte de terceros de dos meses. Si no hay oposiciones o están son desestimadas el modelo de utilidad se concede.
Su concesión otorga protección en España durante un período de 10 años improrrogables y esta sujeta al pago de anualidades de mantenimiento en vigor.
Diferencias entre Modelo de Utilidad y Patente de Invención en España. Conclusiones
En definitiva, es más beneficioso solicitar patentes de invención, por ofrecer protección durante más tiempo y en mayor grado, pero al precisar novedad mundial y un alto grado de actividad inventiva, los modelos de utilidad son la modalidad ideal en los casos en que los objetos de invención son soluciones técnicas menores resultado de una configuración concreta.
¿Necesitas registrar un modelo de utilidad o una patente en España?