¨Los modelos de utilidad se recomiendan especialmente para la pequeña y mediana empresa que en la práctica efectúan mejoras «menores» en productos existentes o que adapten dichos productos a nuevas necesidades¨
Una de las dudas más frecuentes con que nos encontramos al proteger invenciones es sobre la protección de los modelos de utilidad y los países en que puede tramitarse.
Los móldelos de utilidad son una modalidad registral que no existe en todos la países y es un derecho exclusivo que se concede a una invención. Permite al titular del derecho impedir a terceros utilizar comercialmente la invención protegida, sin su autorización, durante un período limitado.
Un modelo de utilidad se asemeja a una patente, por lo que en ocasiones también se les llama «pequeñas patentes» o «patentes de innovación«. Aunque lógicamente tienen sus diferencias: diferencias entre modelo de utilidad y patente de invención.
Países en que existen los modelos de utilidad:
Alemania, Armenia, Australia, Austria, Bielorrusia, Bélgica, Brasil, Bulgaria, China, Dinamarca, Eslovaquia, Estonia, Etiopía, Federación de Rusia, Filipinas, Finlandia, Francia, Georgia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Japón, Kazajstán, Kenia, Kirguistán, Malasia, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, República de Corea, República de Moldava, Tayikistán, Trinidad y Tobago, Turquía, Ucrania, y Uzbekistán.
¿Te interesa registrar un modelo de utilidad?
Destacamos de forma independiente aquellos de habla hispana: Argentina, Chile, Colombia, Costa Rica, España, Guatemala, México, Perú y Uruguay.
Y también los pertenecientes a la Organización Regional Africana de la Propiedad Industrial (ARIPO): Botsuana, Lesoto, Liberia, Malawi, Namibia, República Unida de Tanzania, Suazilandia, Uganda, Zimbabue.
Y los 16 países pertenecientes a la Organización Africana de la Propiedad Intelectual (OAPI): Benín, Burkina Faso, Camerún, República centroafricana, Congo, Côte d’Ivoire, Gabón, Guinea, Guinea Ecuatorial, Mali, Mauritania, Níger, Guinea Bissau, Senegal, Chad, Togo.
Tramitación básica de un modelo de utilidad:
- Solicitud.
- Examen de forma.
- Publicación y plazo para oposiciones de terceros.
- Suspenso si hay oposiciones y plazo para contestar
- Resolución (concesión / denegación) y plazo para recurrir la resolución.
La duración de la tramitación media de un modelo de utilidad, si no hay suspensos u oposiciones ronda los 6 – 8 meses. Es interesante conocer también que se dispone de 12 meses de prioridad internacional para extender la protección de la solicitud a otros países conservando la fecha original de solicitud.
Existe además de posibilidad de cambiar la solicitud de un modelo de utilidad por una de patente al hacer esta extensión territorial.
Esto sucede con relativa frecuencia cuando se parte de un modelo de utilidad nacional que se solicita posteriormente como patente en la Oficina Europea de Patentes con la intención de ampliar su protección territorial
Destaca que en la mayoría de los países que brindan protección mediante modelos de utilidad las solicitudes no son examinadas y por tanto no se consideran anterioridades al registro. Esto redunda en un proceso de registro sencillo y rápido.
Además es un proceso de registro económico pero en algunos países la protección mediante modelos de utilidad tan solo puede obtenerse para ciertos campos de la tecnología y se aplica únicamente a productos y no a procesos, por lo que se utilizan principalmente para las mejoras mecánicas.
Su concesión otorga protección durante 10 años improrrogables, estando sujeto al pago de una tasa anual para su mantenimiento en vigor
Los modelos de utilidad se recomiendan especialmente para la pequeña y mediana empresa que en la práctica efectúan mejoras «menores» en productos existentes o que adapten dichos productos. Por tanto,
Las características esenciales de un modelo de utilidad son:
- Proceso de registro económico.
- Recomendado especialmente para PYMES.
- Tramitación corta (sobre 6 – 8 meses).
- Ofrece protección hasta 10 años.