Existe una especie de leyenda urbana en relación a la existencia de una patente mundial única que ofrece protección a una invención en cualquier rincón del mundo mundial. Lo más cercano en términos reales a esta ¨patente mundial¨ es aquella tramitada en base a un acuerdo internacional que en la actualidad engloba a 148 partes contratantes.
Esta patente, tramitada en virtud del Tratado de Cooperación en Materia de Patentes (en ingles Patent Cooperation Treaty – PCT), permite al inventor, mediante una petición unificada solicitar protección en todos los países adheridos al Tratado. Por tanto el PCT constituye una unión para cooperar en la presentación, búsqueda y examen de las solicitudes de patentes y debe quedar claro que no se trata de un procedimiento de concesión de patentes ni sustituye a las concesiones nacionales, sino que es un sistema de unificación de la tramitación previa a la concesión, que sustituye buena parte de la tramitación país por país, abaratando costes y ampliando ciertos plazos.
En resumen, se recomienda el uso de este tratado de cooperación PCT por:
- Requerir una baja inversión inicial.
- Permite evaluar el mercado potencial de la invención durante un tiempo fundamental.
- Se puede evaluar el ¨estado de salud¨ de la invención mediante un informe de búsqueda internacional.
- Permite hacer modificaciones en el contenido de la solicitud antes de realizar mayores inversiones en su internacionalización.
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