Protectia colabora con SBN PRENSA TÉCNICA

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Alvaro Gonzalez abogado y agente de la propiedad industrial en Protectia patentes y marcas colabora como experto con la editorial SBN Prensa técnica, concretamente en la revista Menaje en un reportaje sobre las copias ilegales de productos.

Reproducimos a continuación parte del cuestionario que contesto para su inclusión en el reportaje para el número del mes de Junio 2012.

¿Cuáles son los principales problemas que afectan a los fabricantes españoles en materia de propiedad industrial?

Sin duda el principal problema de los fabricantes es el desconocimiento o no utilización de los mecanismos legales de protección registral frente a la copia.

También inciden los falsos mitos y las creencias erróneas extendidas acerca de la falta de eficacia de los resortes que dispone el Ordenamiento Jurídico, dónde se crea una sensación ficticia de impunidad respecto al copiador.

Si bien es cierto que la actual Ley de Patentes se muestra obsoleta (data del año 1986) y sería necesario un nuevo texto legal que se ajustara a la realidad del mercado del siglo XXI, no es menos cierto que ocupamos un puesto Mundial muy retrasado  en cuanto a registros de Propiedad Industrial, tanto en invenciones como en creaciones de forma.

Como dato significativo, España ocupa el puesto 27 del ranking según el memorándum anual de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (Dic. 2011).

¿Es fácil luchar contra las copias ilegales? ¿Qué mecanismos existen?

Este es desde luego, un punto negro de nuestro sistema legal. Si bien existen instrumentos suficientes para luchar contra la copia ilegal, su puesta en marcha no es todo lo inmediata que fuera de desear. Es conveniente, también, diferenciar entre la imitación y falsificación porque las medidas punitivas son diferentes para una y otra.

Respondiendo a las preguntas, lo primero y fundamental es contar con un derecho y en nuestro sistema legal la única forma de obtener el ius es el registro (“el derecho sigue al registro”).

El Ordenamiento Jurídico, una vez que se cuenta con un derecho inscrito anterior, prevé sanciones civiles y condenas penales frente a los infractores.

Hay que apuntar que, igualmente,  existen medidas policiales y aduaneras frente a la copia industrial que pocas veces son utilizadas por desconocimiento.

Pero también hay que tener claro dos predicamentos:

  1.  Que el titular del producto o marca original debe defenderlo.
  2. Que en un Estado de Derecho,  la única autoridad que finalmente puede retirar y condenar de forma coercitiva a un infractor es el poder judicial.

Esto, que necesariamente debe ser así, sin embargo, convierte en ocasiones la persecución de la copia ilegal en algo a mi juicio demasiado gravoso para el afectado.

Sobre este extremo, debemos trabajar todos, hacer menos onerosos y mucho más rápidos el resarcimiento efectivo del tenedor de los registros.

Todo este proceso, ¿conlleva elevados costes económicos y largas esperas hasta la resolución?

Si se consigue la efectividad de las medidas por vía de reclamación extrajudicial o una intervención policial los costes son mínimos.

Desde este punto de vista, es fundamental poner el caso en manos de un profesional especializado en Propiedad Industrial que sin duda diseñará la estrategia más satisfactoria  para su cliente.

Por mi experiencia, más de un 80 % de los casos de infracción se solucionan sin tener que acudir a los juzgados. Por eso es básico atajar la incidencia convenientemente desde el principio, porque aunque obligue a la empresa propietaria de los derechos a invertir en su defensa confiando en su Agencia Oficial de Propiedad Industrial, esa inversión le permitirá minimizar el gasto y agilizar la reparación del daño.

Acudir a la vía judicial tiene sus costes, que son más elevados y más dilatados en cuanto a su tiempo de ejecución pero también reporta una forma de escarmiento con indemnización posterior y constituye un aviso para ulteriores copiadores, por lo que a mi modo de ver siempre termina compensando.

Los largos períodos de espera, afortunadamente, cada vez son menores (ya se han instituido Juzgados específicos que se encargan específicamente de infracciones contra la propiedad industrial) y se prevé la posibilidad de acudir a la petición de medidas cautelares para paliar sus consecuencias.

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