Registro de marca con o sin logotipo

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A la hora de escoger que tipo de marca se registra, el titular se encuentra en la encrucijada de decidir por qué tipo de registro se decanta. Esencialmente existen 3 tipos de registros de marcas:

  • Marca registrada denominativa: solicitud exclusivamente compuesta por la denominación escogida, sin ningún tipo de letra especial ni acompañada de ninguna imagen gráfica. Tenemos como ejemplo la marca comunitaria registrada Nº 11326832 LEDZONE
  • Marca registrada mixta: Conjunción de denominación y representación gráfica. Tenemos como ejemplo la marca registrada en España Nº 2911111 Protectia Patentes y Marcas:

Ejemplo marca registrada mixta

  • Marca registrada gráfica: protección de sólo una imagen sin denominación. Ejemplo la marca comunitaria Nº 9784299

Ejemplo marca registrada grafica

Estas notas tratan de dar las claves que ayuden a tomar una buena determinación en la solicitud dependiendo de las necesidades que motiven el registro  del derecho marcario.

Lo primero que conviene aclarar es que no existe una fórmula universal y absoluta que permita decantarse claramente entre una de las modalidades de marca.

Visto que las marcas gráficas tienen una finalidad clara: proteger exclusivamente y sin vincular con una denominación, la imagen a proteger, debe escogerse esta alternativa cuando este elemento sea el prioritario en las necesidades del titular.

Centramos el debate en la elección entre marca DENOMINATIVA o MIXTA, que plantea márgenes de selección más difusos que la marca gráfica.

Ambas plantean pros y contras que reflejamos en el siguiente cuadro:

DENOMINATIVA (sin logo)

MIXTA (denominación + logo)

Protección sin añadidos del nombre escogido

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Incorporan  la imagen que acompaña la denominación en el mismo registro por lo que a veces abarata costes (2 x 1).
Los buscadores de Internet como Google prefieren esta modalidad en las reclamaciones a terceros por infracciones o mal uso de terceros

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La inclusión de la imagen que acompaña al nombre permite proteger el signo distintivo en su conjunto. La forma en que lo perciben los consumidores su impacto visual.
Es más sencillo probar su uso en el comercio, dado que los logotipos suelen variar y sufrir algún restyling con el tiempo

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                      —- Se puede aprovechar para reflejar los colores corporativos, que a veces resultan un elemento diferenciador esencial.
Es normalmente más duradero por tener un carácter más aséptico.
           —— Responde a una necesidad más inmediata de protección conjunta del signo distintivo en un momento puntual.

Por todo lo expuesto con anterioridad no existe una recomendación plenamente satisfactoria para el titular de una nueva marca sino que debe ser el resultado de la valoración de los parámetros anteriores aplicados a sus intereses concretos.

Siendo a priori lo más aconsejable el registro de dos marcas distintas: una denominativa y otra gráfica, de esta manera se aumenta el grado de protección que dispensa el derecho.

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