Subvenciones de patentes en el extranjero 2019

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Se ha publicado en el BOE la convocatoria de subvenciones públicas para incentivar I+D+I de las empresas y particulares protegidas con patentes y modelos de utilidad en el extranjero. El resumen de las condiciones es:

BENEFICIARIOS

Los beneficiarios de estas ayudas serán personas con domicilio en España que reúna al menos uno de los siguientes requisitos:

  1. Ser una persona física
  2. Ser considerado pequeña o mediana empresa (PYME) según el Anexo I del Reglamento (CE) nº 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014:
    • Menos de 250 empleados;
    • Volumen de negocio anual inferior a 50 millones de euros o balance general anual inferior a 43 millones de euros;
    • Cómputo de efectivos y límites de empresas asociadas o vinculadas efectuado según el Reglamento antes mencionado.
  3. Ser una gran empresa privada
  4. Ser una institución privada sin ánimo de lucro sin dependencia o vinculación al sector público

GASTOS QUE ENGLOBA LA SUBVENCIÓN

  1. Solicitud de una patente o de un modelo de utilidad ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes, excepto las entradas en fase nacional en España.
  2. Validación de una patente europea, excepto las validaciones en España.
  3. Búsqueda de anterioridades en el Estado de la Técnica
  4. Examen de la solicitud de patente.
  5. Concesión de la patente.
  6. Designación de países, el exceso del número de reivindicaciones y las anualidades ante la Oficina Europea de Patentes (EPO).
  7. Traducción de las memorias completas de las solicitudes de patentes o de modelos de utilidad con objeto de presentar la misma ante las oficinas nacionales de países terceros u oficinas regionales de patentes, excepto las traducciones al castellano
  8. Solicitudes de patentes por la vía PCT, siempre y cuando la Oficina Receptora sea la OEPM
  9. Informe de búsqueda internacional si ha sido realizado por la OEPM
  10. Examen preliminar internacional si ha sido realizado por la OEPM.

Siempre y cuando la solicitud para la que se solicita subvención tenga un derecho de prioridad unionista que sea causa de una de las siguientes:

  • Solicitud de patente o modelo de utilidad presentada ante la OEPM
  • Una solicitud internacional PCT presentada ante la OEPM como Oficina Receptora
  • Solicitud de patente europea presentada ante la OEPM

PLAZO DE GESTIONES SUBVENCIONABLES

Las actividades objeto de subvención son aquellas cuyo gasto se haya realizado:  Desde el 01 julio de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2018

FECHA LÍMITE PARA PRESENTAR LA INSTANCIA DE SOLICITUD Y FORMA DE PRESENTACIÓN

El plazo para la presentación de subvenciones es desde el 29 de mayo de 2019  hasta el 28 de junio de 2019.

Este procedimiento se realizará íntegramente por vía electrónica. Por lo tanto, las comunicaciones y notificaciones serán también por vía telemática a través de la sede electrónica de la OEPM. Puede establecerse un sistema de alertas al solicitante por medio de correo electrónico.

 IMPORTE DE LAS SUBVENCIONES

La subvención no podrá superar el 90 % para PYMES y personas físicas y el 80 % para el resto de beneficiarios.

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