Una patente puede comportar bonificaciones en la Seguridad Social

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El Real Decreto 475/2014, de 13 de junio establece un nuevo mecanismo que permite asociar investigación con bonificaciones en la cotización a la Seguridad Social del personal investigador.

A pesar de los diferentes recortes del Gobierno en I+D, éste ha considerado conveniente recuperar el incentivo no tributario de la bonificación en la cotización a la Seguridad Social respecto del personal investigador.

Para poder beneficiarse de un 40% sobre las cuotas por contingencias comunes, la empresa debe “disponer de una patente propia en explotación en un período no superior a cinco años anterior al ejercicio del derecho de bonificación”. El personal investigador debe con carácter exclusivo y por la totalidad de su tiempo de trabajo en la empresa, dedicarse a actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica.

Este decreto se publicó el pasado mes de junio y se aplicará, con carácter retroactivo, al personal investigador a tiempo completo en situación de alta a partir del 1 de enero de 2013.

Por lo tanto, es interesante revisar la situación de su plantilla de investigadores desde el 1 de enero de 2013, para evaluar si puede beneficiarse de estas bonificaciones en las cotizaciones de la Seguridad Social.

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